Para la Corte, la acción constituye "violencia sexual". En el caso, un hombre de 32 años buscaba que una adolescente le enviara imágenes sexuales.
"La violencia sexual se produjo plenamente, incluso en ausencia de contacto físico con la víctima", según el tribunal
El acusado habría mantenido conversaciones de tipo sexual con una menor a través de Whatsapp. En ese marco, buscó extorsionarla para que le enviara fotos pornográficas. No sólo le envió una imagen propia, sino que amenazó con publicar sus chats en las redes sociales.
La defensa había intentado evitar la imputación, ya que "faltaba el acto sexual" para que se configurara el delito. Sin embargo, para la Corte, los hechos "tenían como objetivo y eran capaces de comprometer el bien primario de la libertad individual" de la víctima "en la perspectiva de satisfacer o despertar el instinto sexual" del agresor.
El hombre continuará bajo prisión domiciliaria, como había previsto el juez de investigaciones preeliminares. Según Casación, la decisión se debe a que "perpetró la misma conducta contra otros menores", por lo que podría "reiterar su conducta delictiva".




