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La sentencia que genera repudio en redes: “Menos de 10 segundos” de acoso no es delito

Estudiantes (Foto: Arabia99, CC BY-SA 4.0 - Archivo)
Estudiantes (Foto: Arabia99, CC BY-SA 4.0 - Archivo)

Un tribunal de Roma absolvió a un hombre de 66 años que tocó “menos de 10 segundos” a una joven de 17. Campaña viral de repudio en redes sociales.

Pese a que la Fiscalía había pedido una condena de tres años, el conserje del Instituto Cine-TV Roberto Rossellini no tendrá una pena. Es que, para los jueces, el hecho fue “demasiado breve” para que haya sido delito.

Según el relato de la joven, en abril de 2022 Antonio Avola metió su mano bajo su pantalón cuando subía la escalera con una compañera, llegando a levantarla del suelo. Aunque admitió haberla tocado, el hombre negó haber metido su mano dentro del pantalón, aunque hay testigos.

Para el Tribunal, el relato de la mujer es “plenamente creíble“. Sin embargo, para los jueces el evento no puede ser considerado un delito, ya que duró menos de 10 segundos. Esto hace que no pueda “configurar la intención libidinosa o la concupiscencia generalmente exigidas por el derecho penal”. Además, como el acusado declaró que fue “una broma”, consideran que no tuvo intenciones de molestarla.

Campaña en redes sociales

La sentencia, que será recurrida por la Fiscalía, generó indignación en el país y en el mundoPalpata breve y #10secondi fueron tendencia por la indignación que generó la decisión judicial.

En particular, los videos y los comentarios rondaron en torno al tiempo. “Intenta poner 10 segundos la mano en el fuego” o “la próxima vez dirán que no hizo la suficiente presión”.

En Tik Tok e Instagram, los cortos muestran tocamientos de 8 a 9 segundos, mostrando cómo esos actos son, en realidad, mucho más que fugaces.

 

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